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A pocas semanas de la entrada en vigor de la última prórroga (1 de octubre) del Real Decreto 933/2021, la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha expresado su preocupación ante la imposibilidad de cumplir con esta normativa, que exige la recolección y envío de nuevos datos de los viajeros a las autoridades. Esta medida afectará a distintos subsectores del turismo, como alojamientos, agencias de viajes, alquiler de coches y plataformas de intermediación, entre otros.
Pero, no solamente la CEHAT ha mostrado su preocupación, sino también la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), quienes han manifestado su rechazo al decreto por el caos que conllevaría su aplicación. Así pues, ambas organizaciones coinciden en que la normativa es confusa y carece del desarrollo legislativo necesario, lo que ha generado una gran incertidumbre sobre qué datos deben recopilarse y cómo enviarlos.
El sector hotelero madrileño, representado por AEHM, ha señalado que, a pesar de la habitual colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ahora se les exige recopilar información que no figura en los documentos oficiales de los viajeros, como la forma de pago, el número de tarjeta de crédito o el número de teléfono móvil. Este requisito hace imposible automatizar el proceso, obligando a una gestión manual que incrementaría los errores y la carga administrativa.
Por su parte, la CEHAT, que representa a más de 16.000 establecimientos turísticos, también ha advertido sobre la incompatibilidad del decreto con las normativas de la Unión Europea en materia de protección de datos, lo que podría generar sanciones para las empresas españolas. Asimismo, las asociaciones hoteleras destacan la desventaja competitiva que esta normativa supondrá frente a los competidores europeos y la falta de infraestructura tecnológica adecuada para su implementación.
Además, también explican que esto supondría una carga administrativa desproporcionada, ya que las nuevas obligaciones suponen una sobrecarga administrativa excesiva, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes), que representan el 95% del sector turístico. La implementación de estos requisitos aumentaría los costos operativos y la complejidad de gestión, algo que muchas empresas no pueden asumir.
Ante este reclamo, la Asociación Europea de Agentes de Viajes y Turoperadores (ECTAA), la Asociación de Turismo Europea (ETOA), la Federación Europea de Turismo Rural (RURALTOUR) y la asociación europea que representa a hoteles, restaurantes, bares y cafés y establecimientos similares en la Unión Europea (HOTREC) se unen a la protesta de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT)
Las asociaciones piden que se garantice la proporcionalidad y minimización de los datos solicitados, y que se otorgue un periodo más largo para la adaptación tecnológica de los sistemas operativos de las empresas. De no realizarse estos ajustes, advierten que será imposible cumplir con la normativa, afectando a la calidad de los datos que utilizan las Fuerzas de Seguridad para la prevención de delitos y terrorismo.
El Real Decreto 933/2021: más datos y un nuevo sistema de comunicación
Hablamos de este Real Decreto 933/2021, pero conozcamos más al respecto y sobre la recopilación de datos e información que le exige a los alojamientos turísticos sobre los huéspedes. Entre los datos personales que deben registrar se incluyen:
- Nombre y apellidos,
- Tipo y número de documento de identidad
- Fecha de nacimiento
- Sexo
- Nacionalidad
- Dirección habitual
- Número de teléfono móvil
- Correo electrónico
Además, los datos de la estancia deben incluir:
- Fecha y hora de entrada
- Fecha prevista de salida
- Número de personas alojadas
- La habitación o unidad de alojamiento
- La forma de pago
Esta nueva normativa amplía considerablemente la cantidad de información que se debe recopilar en comparación con la legislación anterior, incorporando por primera vez datos como el sexo, el teléfono móvil y el correo electrónico del huésped.
Los establecimientos turísticos que operen de manera profesional están obligados a llevar un registro informático con estos datos, conservar la información durante tres años desde la finalización de la estancia y comunicarla a las autoridades competentes. Para ello, se prevé la implementación de una nueva plataforma del Ministerio del Interior, SES.HOSPEDAJES, que reemplazará los sistemas actuales de la Policía Nacional y la Guardia Civil.
Consecuencias de contar con datos incorrectos
Según el Real Decreto 933/2021, se establecen las siguientes sanciones por incumplimiento:
- Infracciones leves (multas entre 100 y 600 euros):
- Transmisión de datos falsos o erróneos sobre los huéspedes
- Omisión parcial de información
- Comunicación de datos fuera del plazo establecido
- Infracciones graves (multas entre 601 y 30.000 euros):
- No comunicar los datos de los huéspedes a las autoridades competentes
- No figurar en el registro como proveedor de alojamiento
De esta manera, comprobamos que es crucial que los alojamientos turísticos se mantengan actualizados sobre la evolución de esta normativa, ya que algunos aspectos aún están pendientes de desarrollo reglamentario. De lo contrario, podrían enfrentarse a sanciones importantes y a problemas operativos derivados de la falta de adaptación a estos nuevos requisitos.
Actualización: Prórroga de la normativa de registro de viajeros
Imágenes cedidas: Tim Photoguy en Unsplash